Una de las cuestiones centrales que recorrió la conformación del sistema educativo argentino ha sido el lugar de la religión en la educación. Pese a que la Iglesia católica ha confrontado con distintos gobiernos en esta materia y a la extendida idea de que en nuestro país la educación pública es laica, un breve repaso respecto a las principales normativas que atañen a los niveles de escolaridad obligatoria muestra el sostenimiento estatal sistemático al sector privado, confesional en gran medida.
Un recorrido de las principales normativas
El vínculo entre lo público y lo privado en general y entre el Estado y la Iglesia católica en particular recorrió la conformación del sistema educativo argentino. Ello se expresó en las distintas normativas a través de las cuales se creó una extensa red de instituciones estatales, al tiempo que se produjo una creciente fragmentación y una tendencia hacia el crecimiento del sector privado (Tedesco, 1986; Torres, 2014).
La Constitución Nacional de 1853 estableció que el gobierno federal debía sostener el culto católico apostólico romano y otorgó autonomía a las provincias para que sancionaran sus leyes educativas.
En 1882, el Congreso Pedagógico Sudamericano estuvo atravesado por los debates entre liberales y católicos (Puiggrós, 2012; Torres, 2014). Estos últimos se retiraron luego que la mayoría liberal resolviera eliminar de los temas a tratar la cuestión religiosa. Previamente habían propuesto que la educación común se declarara como esencialmente católica (Torres, 2014). Según la Ley 1420 (1884), que estableció la educación común, gratuita y obligatoria entre los seis y los catorce años de edad, la educación religiosa sólo podría dictarse en las escuelas públicas por fuera del horario de clase "por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunión" (art. 8). Esto significó una exclusión de la religión de los contenidos curriculares, pero como la ley era de aplicación en Capital Federal, Colonias y Territorios Nacionales1, en las provincias sí pudo incluirse, de modo tal que, hacia 1884 la mayoría de ellas, introdujeron la educación religiosa (católica) dentro del horario de clase (Rodríguez, 2018).
En 1929, la encíclica papal Divini Illius Magistri marcó la orientación de la Iglesia católica en materia educativa. Allí se sostuvo que la participación de la Iglesia en la educación es un derecho inalienable que comparte con las familias y el Estado (Caimari, 1995). Apelando al derecho natural, abstracto y ahistórico, se planteó entonces, que la familia es el fundamento de la sociedad, que su existencia es previa a la de la escuela y el Estado y que por lo tanto el padre de familia es por derecho divino el educador natural, que cuenta con la colaboración de instituciones escolares (Carli, 2006).
El golpe de estado de 1943 impuso por decreto la educación religiosa obligatoria en las escuelas primarias y secundarias. Las familias que se opusieran podrían optar por la materia "Moral", cuyos programas y textos de estudio serían aprobados de todos modos, con acuerdo de las autoridades eclesiásticas. En 1947, durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón (1946 – 1952), el Congreso de la Nación transformó dicho decreto en ley y a través de la Ley 13.047 fijó un aporte estatal para pagar los salarios del sector privado.
En 1954, en el marco del conflicto creciente entre Perón y la Iglesia católica, se derogó la ley de enseñanza religiosa obligatoria. Desde entonces, la estrategia de la Iglesia se orientó fundamentalmente al desarrollo de un circuito educativo propio (Torres, 2014). El conflicto conocido como la disputa por la educación "laica o libre" en 1958 durante el gobierno de Arturo Frondizi (1958 – 1962) puede leerse en este sentido. En dicha oportunidad, la Iglesia católica encabezó el reclamo por la "libertad de enseñanza". El conflicto, que incluyó movilizaciones masivas y confrontaciones físicas, culminó con la sanción de la Ley Domingorena, con la que terminó el monopolio estatal sobre la educación superior, permitiendo a las universidades privadas emitir títulos habilitantes2 (Piol, 2009).
La última dictadura militar implementó en 1976 una reforma curricular para el nivel primario que profundizó el sesgo católico de los contenidos y otra de similares características en 1978 en el nivel medio. En 1977 distribuyó desde el Ministerio de Educación el texto "Subversión en el ámbito educativo. Conozcamos a nuestro enemigo", en el que se instaba a la docencia a "erradicar la subversión del ámbito educativo y promover la vigencia de los valores de la moral cristiana, de la tradición nacional y de la dignidad de ser argentino" (Pineau, 2006: 66).
Con el retorno de la democracia, el gobierno de Raúl Alfonsín (1983 – 1989) convocó un nuevo Congreso Pedagógico Nacional. La Iglesia católica impulsó a sus fieles a sumarse para defender la libertad de enseñanza, el lugar de los padres como principales educadores, la autonomía administrativa y pedagógica de sus escuelas y la equiparación de lo privado con lo público, entendiendo este último concepto como lo común y obligatorio (Carli, 2006). Este Congreso precedió la reforma educativa implementada durante el gobierno de Carlos Menem (1989-1999) con la sanción de la Ley de Transferencia Educativa (1991), la Ley Federal de Educación (LFE, 1993) y la Ley de Educación Superior (1995).
En la LFE todas las escuelas fueron designadas como "públicas", diferenciándose por los tipos de gestión (estatal o privada), plasmándose así una retórica que justificaba el financiamiento estatal a la educación privada (Gamallo, 2015). Los obispos elogiaron la ley por incorporar la dimensión "ética y religiosa" entre las áreas que la educación debe promover (Rodríguez, 2018). La Iglesia era nombrada como responsable de acciones educativas y se sostenían los aportes estatales para el pago de salarios docentes de escuelas privadas. Finalmente, dada la no existencia de un artículo equivalente al artículo 8 de la Ley 1420 y la descentralización del sistema educativo, las provincias mantuvieron su autonomía para incluir contenidos religiosos en las escuelas del Estado.
En el año 2006, durante el gobierno de Néstor Kirchner (2003-2007) fue promulgada la Ley 26.150 de Educación Sexual Integral (ESI). Ese mismo año, la LFE fue reemplazada por la Ley 26.206 de Educación Nacional (LEN), vigente en la actualidad. La nueva ley fue criticada por la jerarquía católica por no incluir la "dimensión religiosa" en la formación (Rodríguez, 2018), aunque se preserva en ella, el lugar de la familia y de la Iglesia católica estipulados en la LFE, así como la política de subsidios a la educación privada.
El dictado de contenidos religiosos en las escuelas estatales ha sido sumamente variable a lo largo del tiempo y entre las jurisdicciones3. Recién en 2017 la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló contra su dictado dentro del horario de clase en escuelas estatales4.
La política sistemática de subsidios a las escuelas privadas ha favorecido su desarrollo. Actualmente, el 23 % de las instituciones de nivel inicial, el 18% de las primarias y el 30% de las escuelas medias son privadas, y en su mayor parte reciben subsidios del Estado5, lo que permite que las cuotas sean accesibles también para un sector de la clase media y trabajadora. Una parte considerable de la niñez y la juventud asiste de este modo, a escuelas privadas, dentro de las cuales las confesionales constituyen una parte considerable6, con el impacto que ello tiene en su formación, creencias, valores y modelos a seguir (Sistema de consulta de datos educativos nacionales, 2026)7.
Reflexiones finales
En Argentina, la política de subsidios a la educación privada, en gran parte confesional, ha sido mantenida por gobiernos civiles y militares desde los años '40. Este hecho, junto a la inclusión de contenidos religiosos en las escuelas estatales, evidencian un interés específico por parte de las clases dominantes en el sostenimiento de la religión como parte de la educación.
De este modo, al estudiar las tensiones entre lo público y lo privado es indispensable no perder de vista el carácter normativo y de defensa del estatus quo que tiene el Estado en la sociedad capitalista. Por ello, ha sostenido a lo largo del tiempo instituciones y currículas que apuntalan la existencia de jerarquías sociales, refuerzan el disciplinamiento y la asignación de roles que, tanto a nivel de la familia como de la estructura de clases, garantizan la reproducción social en términos capitalistas. Convertir la educación en una herramienta de transformación social requiere la organización y movilización de estudiantes, docentes, personal administrativo y comunidades educativas de conjunto.
Referencias bibliográficas
- Caimari, L. (1995), Perón y la Iglesia Católica. Religión, Estado y sociedad en la Argentina (1943-1955).
- Carli, S. (2006, agosto 8, 9 y 10). Apuntes críticos sobre el documento base: Ley de Educación Nacional, hacia una educación de calidad para una sociedad más justa. Jornadas de Reflexión Públicas "La educación en debate: Desafíos para una nueva ley". Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad Nacional de Córdoba.
- Gamallo, G. (2015). La "publificación" de las escuelas privadas en Argentina. Revista SAAP 9 (1), 43-74.
- Pineau, P. (2006). El principio del fin: políticas y memorias de la educación en la última dictadura militar (1976-1983). Ediciones Colihue SRL.
- Piol, A. (2009). La Universidad después de 1958. La Ménsula año 3 nº 7. Programa de Historia de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA.
- Pucheta y Morettini (2010). Aproximación al contexto histórico del proceso creador de universidades en el período 1989 -1995 en Argentina. http://repositorio.ufsc.br/xmlui/handle/123456789/96737
- Puiggrós, A. (2012). Qué pasó en la educación argentina. Galerna.
- Radi, B., y Spada, M. (2020). Lenguaje inclusivo, cambio lingüístico y cambio social. En Janoario, R. y Peluso, L. (org). Diferencia y reconocimiento: Apuntes para deconstruir la idea de normalidad. Universidad República del Uruguay, 49-59.
- Rodríguez, L. G. (2018). Enseñanza religiosa y educación laica en las escuelas públicas de Argentina (1884 a 2015). Prohistoria, 21.
- Tedesco, J.C. (1986). Educación y sociedad en la Argentina (1880-1945). Ediciones Solar.
- Torres, G. (2014). Iglesia católica, educación y laicidad en la historia argentina. História da Educação, 18, 165-185.
Leyes
Ley 1.420, 26 de junio de 1884, de educación común, R.N. 1882/84.
Ley 24.195, 14 de abril de 1993, Federal de Educación, Boletín Oficial núm. 27632 del 5 de mayo de 1993.
Páginas consultadas
Ministerio de Capital Humano / Educación (2026). Sistema de Consulta de Datos Educativos Nacionales.
Universidad de Buenos Aires (2015). Debate por la derogación de la Ley 1420. http://www.uba.ar/noticiasuba/nota.php?id=564
Notas
- Según la Ley 1532 de 1884 eran territorios nacionales las actuales provincias de Chaco, Formosa, Misiones, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
- Hasta 1958 existían 8 universidades nacionales. En la siguiente década se crearon 2 nuevas universidades nacionales y 18 privadas. La primera de ellas fue la Universidad Católica Argentina (Pucheta y Morettini, 2010).
- Las provincias que incluyeron religión en las escuelas estatales dentro del horario de clase en algún momento entre 1884 y 2015 (salvo el período 1943-1954) fueron Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, Santa Cruz, Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe. En el mismo período, las que en alguna etapa establecieron que se diera religión fuera del horario de clase fueron Jujuy, Salta, Catamarca, Córdoba, La Pampa y San Juan (Rodríguez, 2018).
- En Salta, Tucumán y Mendoza hubo familias que iniciaron acciones contra las prácticas religiosas dentro de las escuelas del Estado. El caso de Salta fue el que obtuvo el fallo de la Corte Suprema (Rodríguez, 2018).
- El 73% de las instituciones privadas de nivel inicial recibe subsidios del Estado. Ese porcentaje crece al 77% en el nivel primario y al 81% en el nivel medio (Sistema de consulta de datos educativos nacionales, 2026).
- En el nivel inicial, entre las instituciones privadas, las confesionales son el 38%. En el nivel primario el 48% y en el medio, el 40% (Sistema de consulta de datos educativos nacionales, 2026).
- Los últimos datos disponibles en el sitio del ex Ministerio de Educación corresponden al año 2024.